Qué incluye la liquidación final cuando te despiden
Cuando termina una relación laboral, el empleador tiene que pagar una liquidación final. Lo que incluye depende de cómo terminó el vínculo: no es lo mismo un despido sin causa que una renuncia o un despido con causa.
Despido sin causa
Pasado el período de prueba, la liquidación suele incluir:
- Indemnización por antigüedad: un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a tres meses, con un mínimo de un mes.
- Preaviso: si no te avisaron con anticipación, se paga un mes de sueldo (hasta cinco años de antigüedad) o dos meses (más de cinco años).
- Integración del mes de despido: los días que faltan hasta fin de mes.
- Días trabajados del mes que todavía no cobraste.
- Aguinaldo proporcional del semestre en curso.
- Vacaciones no gozadas, en forma proporcional.
Renuncia o despido con causa
No corresponde la indemnización por antigüedad ni el preaviso del empleador. Sí corresponde cobrar los días trabajados, el aguinaldo proporcional y las vacaciones no gozadas proporcionales.
Durante el período de prueba
El período de prueba dura los primeros seis meses de un contrato por tiempo indeterminado. Si el despido ocurre en ese lapso, no hay indemnización por antigüedad ni integración del mes, pero sí corresponde el preaviso de 15 días o su pago.
Qué cambió con la reforma de 2026
Desde marzo de 2026, con la Ley 27.802, la base para calcular la indemnización por antigüedad no incluye el aguinaldo, las vacaciones ni los premios que no se pagan todos los meses, y tiene un tope vinculado al convenio colectivo. Las reglas aplicables dependen de la fecha del despido.
Qué conviene hacer
- Pedir y guardar toda la documentación: telegrama o carta de despido, recibos de sueldo y la liquidación final.
- Revisar que cada concepto figure y que el cálculo tenga sentido. Podés hacer una estimación con nuestra calculadora de indemnización.
- Consultar con un abogado laboralista o con tu sindicato antes de firmar cualquier acuerdo.
- Tener presente que los reclamos laborales tienen plazos de prescripción, que en general son de dos años.
Información general, actualizada a octubre de 2026. No constituye asesoramiento legal.