Cómo se calcula
Cuando un empleador despide a una persona sin causa y ya pasó el período de prueba, corresponde la indemnización por antigüedad del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo: un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a tres meses. Si trabajaste menos de un año, corresponde como mínimo un mes. Además de ese concepto, esta calculadora estima otros tres que suelen formar parte de una liquidación por despido sin causa:
- Preaviso: si no te avisaron con anticipación, se paga un mes de sueldo cuando la antigüedad es de hasta cinco años, o dos meses si la supera.
- SAC sobre preaviso e integración: la parte proporcional de aguinaldo que corresponde a esos dos conceptos, un doceavo de su monto.
- Integración del mes de despido: los días que faltan hasta el fin del mes en que te despidieron, pagados como sueldo (la calculadora usa el sueldo dividido 30 como valor diario).
Si el despido ocurre durante el período de prueba, que dura los primeros seis meses de un contrato por tiempo indeterminado, no corresponde indemnización por antigüedad ni integración del mes. Corresponde solo el preaviso de 15 días o su pago. La calculadora lo aplica automáticamente.
Preguntas frecuentes
¿Qué sueldo tengo que ingresar?
Tu mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año, o de todo el tiempo trabajado si fue menos. Con la reforma laboral de 2026 (Ley 27.802), esa base no incluye el aguinaldo, las vacaciones ni los premios que no se pagan todos los meses.
¿Existen topes?
Sí. La base de cálculo tiene un tope de tres veces el promedio de remuneraciones del convenio colectivo aplicable, y si el tope se aplica, no puede dejarla por debajo del 67% de tu mejor remuneración. Esta calculadora no aplica el tope, así que con sueldos muy altos o convenios particulares el resultado puede diferir.
¿Y si me despiden con causa o renuncio?
No corresponde la indemnización por antigüedad. De todos modos, tenés derecho a cobrar lo que se te debe: los días trabajados, el aguinaldo proporcional y las vacaciones no gozadas proporcionales.
¿Qué más puede incluir la liquidación final?
Los días trabajados del mes, el aguinaldo proporcional del semestre en curso, las vacaciones no gozadas proporcionales y, según el caso, otros conceptos. La calculadora no los incluye. Más detalle en nuestra guía sobre la liquidación final.
¿Es lo que voy a cobrar exactamente?
Es una estimación orientativa en montos brutos. El resultado real depende de tu convenio, de tu recibo de sueldo y de las particularidades de tu caso. Si tenés que reclamar o negociar, consultá con un abogado laboralista o con tu sindicato.
¿Las reglas cambiaron en los últimos años?
Sí. La Ley Bases (27.742, de 2024) amplió el período de prueba a seis meses, y la Ley de Modernización Laboral (27.802, de marzo de 2026) modificó la base de cálculo del artículo 245. Las reglas aplicables dependen de la fecha del despido.
Información general, actualizada a octubre de 2026. No constituye asesoramiento legal.